viernes, 3 de septiembre de 2010

VIDEO COMPLEMENTARIO A LAS CLASES DE IMPORTANCIA

SESIÓN N° 01: CONOCIMIENTOS PREVIOS

Desde el momento de nuestro nacimiento, todas las personas estamos sujetos a la aplicación del derecho, puesto que el simple hecho de nuestro nacimiento implica la aplicación de este, como es el de ser ciudadano de determinado país por haber nacido en este, lo cual nos otorga el derecho a la ciudadanía.

Existen multitud de situaciones en las que interviene el Derecho. Tienen trascendencia jurídica actos tales como subir a un autobús, comprar la entrada al cine, adquirir un periódico. Ante tales actos, podemos exigir que el autobús nos transporte a un lugar determinado, o que se nos deje entrar a la sala de proyecciones para ver el espectáculo. Adquirimos la propiedad del periódico y perdemos la del dinero que hemos pagado por él.

En consecuencia, el Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales.



FUENTES DEL DERECHO:

FUENTES REALES O MATERIALES:

Se denominan fuentes reales o materiales a todos los fenómenos que concurren, en mayor o menor medida, a la producción de la norma jurídica, y que determinan en mayor o menor grado el contenido de la misma; tales fenómenos son: el medio geográfico, el clima, las riquezas naturales, las ideas políticas, morales, religiosas y jurídicas del pueblo, especialmente de los legisladores, líderes políticos, dirigentes obreros, empresarios, juristas o jueces; el afán de novedades, o, a la inversa, el excesivo tradicionalismo y rutina; la organización económica, etc.


FUENTES DEL DERECHO INTERNO O NACIONAL:

Según la doctrina comúnmente aceptada, son fuentes del Derecho:

1. La Constitución. En algunos países, la constitución puede ser no escrita, como pasa en algunos sistemas de Derecho anglosajón.

2. La Ley en sentido amplio, que abarca todas las normas de rango legal emanadas tanto del poder legislativo como del poder ejecutivo.

3. La Costumbre. La nota distintiva fundamental entre ley y costumbre se encuentra en su origen o procedencia, pues la ley procede del poder legislativo que la propia sociedad estatuye, mientras la costumbre lo hace de la misma sociedad, que mediante la observación continuada de una conducta acaba por imponerla como precepto. Aún así, esta no es una fuente del derecho, pero se toman los fundamentos de esta. No obstante lo anterior, en algunos ordenamientos puede ser fuente supletoria de la ley, como ocurre en el ordenamiento español.

4. La Jurisprudencia, que complementan y sirven para interpretar las normas que han de ser aplicadas, por lo que son fuentes que en la práctica tienen mucha importancia.

5. La Doctrina, en tanto que puede influir en la adopción de normas o criterios de interpretación.





FRANQUICIA Y ALGO MÁS...

El buen empresario ve las oportunidades donde nadie se percata y sabe cuando y cómo tomarlas, moldearlas, de forma tal que al tener la idea, nace la empresa.

Importante que se mantengan informados y traigan nuevas ideas a clase.

Un ejemplo de Franquicia, forma estratégica de penetración a mercados:


En el siguiente video se daran cuenta de cuáles son los factores externos incontrolables a los que la Empresa se tiene que enfrentar, así como la realidad de la economía, el valor del dinero, la cultura, incluso, por lo que deberán hacer grupos de 10 personas y efectuar un análisis del vídeo, mismo que presentaran el día 04 de abril, y que se les presenta a continuación:
EL DINERO ES DEUDA:

VIDEOS COMPLEMENTARIOS DE INTERES PARA LA FORMACION PROFESIONAL

FRANQUICIA



LOS GUERREROS DEL DESIERTO